La actual ministra de salud de Colombia emitió una resolución el pasado 12 de enero de 2023 para regular la práctica del aborto en Colombia. El hecho causó controversia y por válidas razones.

En primer lugar, la sentencia emitida por la Corte Constitucional, C-055 de 2022 es considerada por muchos como inválida debido a una extralimitación en las funciones de la Corte. El artículo 150 de la Constitución Política de Colombia dicta que es el Congreso el encargado de hacer las leyes, interpretarlas, reformarlas y derogarlas. Asimismo, en el artículo 157 se establecen los parámetros para que un proyecto se convierta en ley. La presente resolución toma esa sentencia como una de sus bases fundacionales, tratando de reglamentarla, pero solo podría reglamentarse una ley y la sentencia C-055 no lo es, por lo que esta resolución también puede considerarse como inválida e impertinente, no tiene un sustento legítimo ni legal. 

Después de esto, hay que tener en cuenta lo que se encuentra en la resolución emitida por la ministra de salud. Es bastante notable en el texto la intención de que cualquier mujer pueda acceder al aborto en casi cualquier caso, incluso llegando al punto de establecer que:

En caso de encontrarse una discrepancia entre la edad gestacional calculada por la fecha de la última menstruación y la edad gestacional calculada por ecografía que se encuentre dentro del límite variación estándar propia de dicha valoración, correspondiente a más o menos una semana durante el segundo trimestre, debe adoptarse la valoración que demuestre una menor edad gestacional. (4.2.5.4 Causales para la IVE. Resolución No. 051 de 2023)

Esto especialmente cuando se encuentre cerca de las 24 semanas de gestación, momento en que el aborto deja de estar despenalizado sin ninguna causa, según la sentencia C-055 de 2022. Entre mayor sea la edad gestacional, mayores riesgos hay al llevar a cabo un aborto. El hecho de que se asuma como verídico el resultado de menor edad gestacional con el fin de garantizar un mayor acceso a la práctica del aborto en vez de tomar en cuenta la más confiable es una total negligencia médica.

También se habla del aborto como parte de los derechos sexuales y reproductivos y se insta a que hombres y mujeres sean libres de tomar decisiones sobre su sexualidad y su reproducción. Pero está científicamente demostrado que una vez que un feto es concebido, tiene su propio genoma y es, por tanto, un nuevo ser humano cuyo cuerpo no hace parte del de la madre, por lo que la decisión de acabar con su vida no se trata de la sexualidad y la reproducción ni de decidir sobre el propio cuerpo. Tomar anticonceptivos y usar métodos de protección contra las ETS son decisiones sobre la sexualidad y la reproducción; abstenerse de tener relaciones sexuales es una decisión sobre la sexualidad y la reproducción; pero matar a un ser humano en su etapa de gestación no es una decisión sobre la sexualidad y la reproducción, es una decisión sobre la vida humana.

¿Qué lógica hay en seguir promoviendo leyes y movimientos en favor del aborto? La pérdida del valor de la ciencia y la razón, el relativismo moral y un gran negocio.

 

Aclaración: IVE significa Interrupción Voluntaria del Embarazo, otro término para referirse al aborto, ampliamente utilizado en la resolución citada.